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Catálogo programáticoNación, ciudadanía, inmigración y Europa

Posición acordada

Integración: definición general

La integración es la incorporación lingüística, cívica, económica y social demostrable a la nación de acogida; la residencia por sí sola no basta.

Posición

La integración se mide por la conducta, la competencia y una participación duradera. Es distinta de la ciudadanía y del estándar superior de asimilación exigido para la naturalización.

Programa

  • Exigir un dominio funcional de la lengua nacional principal, normalmente en torno a B1–B2 según el estatuto que se solicite.
  • Exigir un conocimiento básico de la historia nacional, las instituciones, el derecho, los deberes cívicos y el marco constitucional.
  • Tratar la delincuencia grave y persistente, la delincuencia organizada, el terrorismo, el fraude grave y el fraude migratorio doloso como indicios firmes en contra de la integración.
  • Esperar de los extranjeros capacitados y en edad de trabajar que participen mediante el empleo, el trabajo por cuenta propia, la educación, la formación profesional, el cuidado familiar reconocido u otra contribución legítima.
  • Considerar la dependencia prolongada y evitable de la asistencia pública como factor negativo para la integración, exceptuando la incapacidad real, la discapacidad, la jubilación, el desempleo temporal y el cuidado familiar relevante.
  • Admitir la prueba de la participación local a través del trabajo, la educación, las parroquias, las asociaciones, los clubes y otras instituciones de la comunidad, sin hacer obligatoria la pertenencia a ninguna organización determinada.
  • Exigir el respeto al orden constitucional legítimo sin imponer una conformidad ideológica con cada política de gobierno.
  • Valorar la integración sobre elementos individuales documentados y no sobre la raza.

Nota de aplicación

Nota de aplicación

El derecho de la Unión sobre residentes de larga duración permite hoy a los Estados miembros imponer condiciones de integración y exige recursos estables y regulares para adquirir el estatuto de larga duración. La política separa las concepciones de la nacionalidad histórica basadas en la ascendencia del criterio jurídico practicable que determina si un residente concreto está integrado.

  • Posición acordadaNación, ciudadanía, inmigración y Europa

    Asimilación y naturalización

    La ciudadanía exige un estándar sensiblemente más alto que la residencia ordinaria o la integración: una asimilación lograda en la comunidad política nacional.

  • Posición acordadaNación, ciudadanía, inmigración y Europa

    Empleo y autosuficiencia de los residentes extranjeros

    De los residentes extranjeros capacitados se espera que sigan siendo económicamente autosuficientes, y por regla general no les corresponde el mismo derecho asistencial indefinido que a los ciudadanos.

  • Posición acordadaNación, ciudadanía, inmigración y Europa

    Retirada del permiso de residencia

    El estatuto de residencia del extranjero se pierde con mayor facilidad que la ciudadanía y puede retirarse cuando se incumplan de forma relevante condiciones definidas de admisión o de permanencia.

  • Núcleo del manifiestoNación, ciudadanía, inmigración y Europa

    Inmigración

    La inmigración debe limitarse a niveles compatibles con una integración real, la estabilidad social, la capacidad de las infraestructuras y la continuidad demográfica.

Todas las cuestiones de este catálogo llevan una posición. Las entradas marcadas como Derivada siguen la orientación del manifiesto sin que su aplicación esté fijada, y varias de ellas señalan la reforma legal o de los tratados que exigirían. Las posiciones se revisan a medida que el movimiento decide; la versión y la fecha que figuran arriba indican qué texto está leyendo.

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